Normativa y datos
Reglamento de IA
El Reglamento de IA es el Reglamento (UE) 2024/1689, la norma europea sobre sistemas de inteligencia artificial: prohíbe unos usos, exige requisitos a los de alto riesgo y deberes de transparencia a otros. Se aplica directamente en España, y en julio de 2026 lo modificó el Reglamento (UE) 2026/1744.
También se le llamaRIA · AI Act · Reglamento (UE) 2024/1689 · ley europea de inteligencia artificial
Cuatro capas, cuatro calendarios
No trata igual a todos los sistemas: los ordena por lo que hacen y por el daño que podrían causar. Y reparte los deberes entre el proveedor, que desarrolla el sistema y lo pone en el mercado con su nombre o marca (art. 3.3), y el responsable del despliegue, que lo usa bajo su autoridad (art. 3.4), como la residencia que contrata un asistente para su WhatsApp.
| Capa | Qué abarca | Desde cuándo |
|---|---|---|
| Prácticas prohibidas (art. 5) | Manipular o aprovecharse de vulnerabilidades, la puntuación ciudadana o inferir emociones en el trabajo y en centros educativos, entre otras | 2 de febrero de 2025 |
| Alfabetización (art. 4) | Medidas para que el personal entienda lo que usa: la alfabetización en IA | 2 de febrero de 2025; reescrito con efectos del 27 de julio de 2026 |
| Transparencia (art. 50) | Avisar de que se habla con una IA y marcar el contenido sintético: la transparencia de la IA | 2 de agosto de 2026 |
| Alto riesgo (art. 6 y anexo III) | Admisiones, empleo, crédito, servicios esenciales…: el sistema de alto riesgo | 2 de diciembre de 2027 los del anexo III; 2 de agosto de 2028 los del art. 6.1 |
Ojo con esto
Lo que se da por hecho: que todo empezó a aplicarse el 2 de agosto de 2026. Es la fecha general del art. 113, pero el Reglamento (UE) 2026/1744, el llamado ómnibus digital sobre IA, en vigor desde el 27 de julio de 2026, aplazó el alto riesgo a las fechas de la tabla y rebajó el art. 4. El art. 50 no se movió. En España falta la ley que fije las sanciones: el proyecto caducó con la disolución de las Cortes en octubre de 2026. Qué le toca a un asistente de WhatsApp está en la guía del Reglamento de IA en residencias.
Fuentes
Términos relacionados
- Transparencia de la IALa transparencia de la IA es la obligación de que una persona sepa que está hablando con un sistema de inteligencia artificial. El art. 50 del Reglamento (UE) 2024/1689 la pone en el proveedor, que debe diseñar el sistema para informar, salvo que sea evidente, desde el 2 de agosto de 2026.
- Sistema de IA de alto riesgoUn sistema de IA de alto riesgo es el que el Reglamento (UE) 2024/1689 somete a sus requisitos más exigentes: el que es componente de seguridad de un producto regulado (art. 6.1) o el que se usa en un ámbito del anexo III, como la admisión en centros educativos o la selección de personal.