Normativa y datos
Autoridad Independiente de Protección del Informante
La Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) es el organismo estatal que crea la Ley 2/2023 para gestionar el canal externo de comunicaciones, proteger a quien informa y sancionar los incumplimientos. Su Estatuto lo aprobó el Real Decreto 1101/2024 y funciona desde el 1 de septiembre de 2025.
También se le llamaA.A.I. · AAI · Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. · autoridad del informante
Qué hace y cuándo le toca a un centro
La regula el título VIII de la Ley 2/2023 (arts. 42 a 59): una autoridad administrativa independiente, de ámbito estatal y con personalidad jurídica propia (art. 42.1). Sus funciones, según el art. 43:
- gestionar el canal externo, al que cualquier persona puede acudir directamente o después de usar el canal interno de su entidad (art. 16.1), también de forma anónima (art. 17.1);
- adoptar las medidas de protección al informante que le correspondan;
- tramitar los procedimientos sancionadores por las infracciones del título IX;
- informar los proyectos de normas de su ámbito y fomentar la cultura de la información.
No es la única autoridad. Para una entidad privada, la estatal tramita lo que afecta a más de una comunidad autónoma; si el incumplimiento se circunscribe a una, lo hace la autoridad que haya designado esa comunidad (art. 24). Para sancionar al sector privado, la estatal es competente en todo el territorio salvo que la norma autonómica haya atribuido esa competencia a sus propios órganos (art. 61.2).
Ojo con esto
Lo que se da por hecho: que tener canal interno impide ir fuera. No es así: quien informa puede ir directamente al canal externo. Por eso el canal interno tiene que funcionar y explicar con claridad cuáles son los externos (art. 7.2). Y esta autoridad no tramita las quejas de convivencia entre residentes, que van por la Ley 3/2022 y el propio centro. Las dos leyes se comparan en la guía del canal de denuncias.
Fuentes
Términos relacionados
- Ley 3/2022 de convivencia universitariaLa Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, obliga a las universidades a aprobar Normas de Convivencia con medidas frente a la violencia, la discriminación y el acoso, y fija el régimen disciplinario del estudiantado. No nombra a los colegios mayores: les llega a través de su universidad.
- Ley 2/2023 de protección del informanteLa Ley 2/2023, de 20 de febrero, protege a quien informa sobre infracciones normativas y obliga a tener un Sistema interno de información a las entidades privadas con cincuenta o más personas trabajadoras (art. 10.1.a). El umbral se cuenta por entidad, sumando todas sus sedes, no por edificio.