Alojamiento de estudiantes
Uso dotacional
El uso dotacional es el que el planeamiento urbanístico reserva a dotaciones y equipamientos: centros educativos, sanitarios, culturales, deportivos o de servicios. Si un colegio mayor o una residencia de estudiantes cabe en ese suelo, o en el residencial, lo decide el plan de cada municipio.
También se le llamasuelo dotacional · uso de equipamiento · equipamiento · dotacional privado
Quién lo decide
La ley estatal de suelo habla de «dotaciones públicas», el suelo para viales, espacios libres, zonas verdes y equipamientos que se entrega a la administración al urbanizar (texto refundido de la Ley de Suelo, art. 18.1.a), pero no dice qué usos caben en una parcela concreta. Eso lo fija el planeamiento, con las reglas de cada comunidad autónoma: el plan califica cada parcela, es decir, le asigna sus usos y su intensidad, y sus normas urbanísticas definen qué es dotacional, si es público o privado y qué actividades admite.
Por eso la misma residencia puede encajar de forma distinta según la ciudad. En Madrid, el Plan General incluye las residencias de estudiantes en la «residencia comunitaria», una categoría del uso residencial, y el Plan Reside admite residencias al recuperar edificios catalogados en parcelas de dotacional privado (normativa en Madrid). En Barcelona, el alojamiento dotacional con espacios comunes tiene ordenanza propia, que solo rige en suelo de equipamiento (normativa en Cataluña).
Ojo con esto
No hay un artículo que lo resuelva para toda España. Antes de comprar o alquilar un edificio para una residencia o un colegio mayor hay que pedir al ayuntamiento la calificación de la parcela y comprobar si el uso que se quiere está admitido en ella: de eso depende la licencia de actividad y, con ella, la apertura.
Fuentes
Términos relacionados
- Colegio mayorUn colegio mayor es un centro integrado en la universidad que da residencia a estudiantes universitarios y promueve actividades culturales y científicas para su formación integral. La LOSU lo define como institución universitaria y reserva su gestión y promoción a entidades sin ánimo de lucro.
- Licencia de actividadLa licencia de actividad es la autorización municipal previa para ejercer un negocio en un local. Hoy es la excepción: la Ley 12/2012 la prohíbe para el comercio y los servicios de su anexo hasta 750 m², donde basta una declaración responsable, y fuera de ese anexo la exigen o no la comunidad y el ayuntamiento.