Normativa y datos
Responsable y encargado del tratamiento
Responsable del tratamiento es quien decide para qué y cómo se tratan unos datos personales; encargado, quien los trata por cuenta del responsable. En una residencia, el centro es responsable de los datos de sus residentes, y el proveedor de software o el catering que los maneja por él es encargado.
También se le llamaresponsable · encargado del tratamiento · data controller y data processor
Lo que los distingue
Las definiciones están en el art. 4 del RGPD: responsable es quien, solo o junto con otros, «determine los fines y medios del tratamiento» (4.7), y encargado, quien «trate datos personales por cuenta del responsable» (4.8). La pregunta útil no es quién guarda los datos, sino quién decide qué se hace con ellos. Conviene hacérsela también con el proveedor que conecta el WhatsApp del centro como Tech Provider: para qué trata los mensajes y por cuenta de quién.
| Responsable | Encargado | |
|---|---|---|
| Qué decide | Para qué y cómo se usan los datos | Nada por su cuenta: sigue instrucciones documentadas del responsable (art. 28.3.a) |
| En un centro | El colegio mayor o el operador de la residencia | El software de gestión, el catering, la gestoría |
| Qué firma | Elige un encargado con garantías y le exige contrato (art. 28.1 y 28.3) | Ese contrato, el DPA, y no recurre a otro encargado sin autorización (art. 28.2) |
| Su registro | El de sus tratamientos (art. 30.1) | El de lo que trata por cuenta de cada responsable (art. 30.2) |
Ojo con esto
El papel lo decide lo que se hace, no lo que dice el contrato. Quien figura como encargado y usa los datos para sus propias finalidades pasa a ser responsable de ese tratamiento (art. 28.10 del RGPD y art. 33.2 de la LOPDGDD). Lo mismo le ocurre al proveedor que trata con los residentes en su propio nombre sin que conste que actúa por cuenta del centro. La AEPD lo desarrolla en sus directrices para los contratos entre responsables y encargados.
Fuentes
Términos relacionados
- Tech ProviderUn Tech Provider es, en la terminología de Meta, el proveedor de software que integra la WhatsApp Business Platform en su producto y da de alta a sus clientes para que usen WhatsApp con él. Tiene que verificar su negocio en Meta y pasar la revisión de su aplicación.
- RGPDEl RGPD es el Reglamento (UE) 2016/679, la norma de la Unión que regula el tratamiento de datos personales. Se aplica directamente desde el 25 de mayo de 2018 y en España lo completa la LOPDGDD. Obliga igual a un colegio mayor, a una residencia privada y a un coliving.
- DPA (contrato de encargo del tratamiento)Un DPA (data processing agreement) es el contrato que el art. 28.3 del RGPD exige entre el responsable del tratamiento y cada encargado: fija el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento, el tipo de datos y de interesados, y las obligaciones y derechos de cada parte.