Normativa y datos
Derecho de acceso
El derecho de acceso permite a cualquier persona saber si un responsable trata datos suyos y, si es así, obtener una copia e información sobre para qué los usa, de qué tipo son, a quién se comunican, cuánto se conservan y de dónde salen. Lo regula el art. 15 del RGPD, y hay un mes para contestar.
También se le llamaacceso a los propios datos · copia de los datos personales · right of access
Qué hay que entregar
La respuesta tiene dos partes: la copia de los datos (art. 15.3) y la información del art. 15.1. El plazo es de un mes desde la solicitud, prorrogable dos más si es compleja (art. 12.3). La información comprende:
- Los fines del tratamiento y las categorías de datos.
- Los destinatarios, en particular los de fuera de la UE, y las garantías de esa transferencia internacional (art. 15.2).
- El plazo de conservación, o el criterio para fijarlo.
- Los demás derechos —rectificación, supresión, limitación, oposición— y el de reclamar ante la autoridad de control.
- El origen de los datos que no dio la propia persona, y si hay decisiones automatizadas.
Ojo con esto
La copia no puede llevarse por delante a otros (art. 15.4). Si el parte de avería de un residente menciona a su compañero de habitación, eso se revisa antes de entregarlo, y volcar el expediente de todo el centro para contestar a una persona sería una brecha. La primera copia no se cobra (art. 15.3). La LOPDGDD permite pedir que se concrete la solicitud cuando hay muchos datos (art. 13.1) y tratar como repetitiva la que se repite en menos de seis meses sin causa legítima (art. 13.3). Si lo que se quiere es llevarse los datos a otro sitio, es portabilidad.
Fuentes
Términos relacionados
- Derecho de supresiónEl derecho de supresión, o derecho al olvido, permite obtener del responsable que borre sin dilación indebida los datos personales propios si ya no son necesarios, si se retira el consentimiento en que se basaban, si hay oposición al tratamiento o si se trataron ilícitamente. Lo regula el art. 17 del RGPD.
- Derecho a la portabilidadLa portabilidad es el derecho a recibir los datos que uno facilitó a un responsable en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, y a pasarlos a otro, directamente si es técnicamente posible. Procede si el tratamiento es automatizado y se basa en el consentimiento o en un contrato (art. 20 del RGPD).