Revisiones por instalación
Ascensores: revisión de la empresa conservadora cada mes y organismo de control cada dos, cuatro o seis años
Si en vuestro local hay un ascensor, la norma es la ITC AEM 1 «Ascensores», aprobada por el Real Decreto 355/2024 y en vigor desde el 1 de julio de 2024; sustituyó a la de 2013. El titular sólo puede dejarlo usar con un contrato de mantenimiento en vigor. La empresa conservadora lo revisa cada mes, y un organismo de control lo inspecciona cada dos, cuatro o seis años según el edificio.
La respuesta corta
Cada mes, con entre 20 y 45 días de una visita a la siguiente, una empresa conservadora habilitada hace la revisión de mantenimiento. Y un organismo de control —lo que en el sector se llama la OCA— pasa la inspección periódica: cada dos años si el ascensor está en un edificio de uso industrial o en un local de pública concurrencia, como un hotel, un bar o un restaurante; cada cuatro años en edificios de más de veinte viviendas o con más de cuatro plantas servidas; y cada seis años en los demás.
La norma es la ITC AEM 1 del Real Decreto 355/2024, que desarrolla el Reglamento de aparatos de elevación y manutención de 1985. Derogó expresamente el Real Decreto 88/2013, la instrucción anterior, y el Real Decreto 57/2005, sobre la seguridad del parque existente (disposición derogatoria única). Después la han modificado los Reales Decretos 164/2025, 485/2025 y 770/2025.
Qué dice la norma
Los demás ascensores: cada mes, no pudiendo transcurrir menos de 20 días ni más de 45 días entre cada revisión presencial de mantenimiento.
El titular del ascensor es su propietario o, en su caso, el arrendatario (art. 2.x). Sus obligaciones están en el art. 4: permitir el uso del ascensor sólo mientras tenga contratado el mantenimiento con una empresa conservadora habilitada; avisarla de inmediato si hay un accidente y en 24 horas como máximo si hay una anomalía en el funcionamiento; reparar lo que la conservadora le comunique por escrito en el plazo que ella fije, o pedirle que lo deje fuera de servicio; contratar la inspección periódica; subsanar con una conservadora los defectos que salgan en ella; y conservar la documentación.
La inspección periódica no podrá ser contratada en ningún caso por la empresa conservadora.
A qué ascensores y qué cuenta como pública concurrencia
La ITC se aplica a todo ascensor instalado de forma permanente en un edificio, con un habitáculo que sirve niveles definidos, sea cual sea su nombre comercial y su velocidad (art. 2.a). Quedan fuera, entre otros, las escaleras mecánicas y los andenes móviles, los salvaescaleras que van a lo largo de una escalera o una rampa y los elevadores de sólo dos paradas que salvan menos de una planta, con un máximo de tres metros (art. 1.2).
El plazo de la inspección depende de si el local es de «pública concurrencia», y el art. 11.4 lo define con una lista:
- Siempre, cualquiera que sea su ocupación: hoteles, hostales, bares, cafeterías, restaurantes, zonas comunes de agrupaciones de establecimientos comerciales, aparcamientos cerrados y cubiertos para más de cinco vehículos, hospitales, asilos y guarderías, entre otros.
- Si la ocupación prevista pasa de 50 personas: centros de enseñanza, establecimientos comerciales, edificios de oficinas, residencias de estudiantes, gimnasios, bibliotecas, salas de exposiciones, centros culturales y clubes sociales y deportivos.
- Cualquier otro local con capacidad para más de 100 personas, y los clasificados como BD2, BD3 o BD4 según la norma UNE-HD 60364-5-51.
La ocupación se calcula como una persona por cada 0,8 m² de superficie útil, sin contar pasillos, repartidores, vestíbulos, almacenes y servicios (art. 11.4). Hecho el cálculo, una tienda, una oficina o un gimnasio pasan de 50 personas con algo más de 40 m² útiles, si se aplica esa densidad. En un edificio con usos mezclados manda el «uso principal»: la propia ITC pone el ejemplo de una consulta médica o un despacho de abogados en un edificio residencial, que no lo convierten en pública concurrencia.
Qué se revisa, cada cuánto y quién
| Qué | Cada cuánto | Quién | Dónde |
|---|---|---|---|
| Revisión presencial de mantenimiento preventivo, con las comprobaciones de la norma UNE 58720 | Cada mes, entre 20 y 45 días | Empresa conservadora habilitada | Art. 5.4.b |
| La misma revisión en viviendas unifamiliares y en ascensores de la normativa de máquinas en edificios de viviendas de hasta tres paradas y veinte viviendas | Cada cuatro meses | Empresa conservadora habilitada | Art. 5.4.a |
| Boletín de cada revisión, entregado al titular | En diez días como máximo | Empresa conservadora | Art. 5.5.a |
| Inspección periódica en edificios de uso industrial o de pública concurrencia | Cada dos años | Organismo de control, contratado por el titular | Art. 11.4.a |
| Inspección periódica en edificios de más de veinte viviendas o con más de cuatro plantas servidas | Cada cuatro años | Organismo de control | Art. 11.4.b |
| Inspección periódica del resto | Cada seis años | Organismo de control | Art. 11.4.c |
| Aviso al titular de la próxima inspección | Tres meses antes | Empresa conservadora | Art. 7.6 |
| Avería que para el ascensor / personas atrapadas | En 24 horas como máximo / de inmediato | Empresa conservadora | Art. 7.2 |
Fuente: ITC AEM 1, aprobada por el Real Decreto 355/2024, en el texto consolidado del BOE.
Si vence la inspección periódica sin haberse hecho, la empresa conservadora tiene que dejar el ascensor fuera de servicio y comunicarlo al titular y a la comunidad autónoma dentro de las 24 horas siguientes (art. 7.7). Y si el ascensor ha estado parado más de tres meses, antes de volver a usarlo hace falta una revisión con el alcance de la anual de la UNE 58720; si en ese tiempo venció la inspección, también una inspección favorable sin defectos (art. 4.7).
Los defectos y sus plazos
Los defectos son leves, graves o muy graves (art. 11.8). Con leves, la inspección es favorable y hay que subsanarlos en seis meses como máximo. Con graves es desfavorable: el inspector fija un plazo de hasta seis meses y vuelve; si la segunda visita sale mal, o no se le deja hacerla, se paraliza el ascensor. Con uno muy grave, queda fuera de servicio en el acto y sólo vuelve tras una nueva inspección completa del mismo organismo, sin nuevos plazos (art. 11.9). No hacer a tiempo las mejoras del anexo VII también es defecto grave.
El resultado se ve en la cabina: una etiqueta de 96 × 56 mm, verde si la inspección es favorable, amarilla si está condicionada y roja si el ascensor está fuera de servicio, colocada entre 1,80 y 1,90 m del suelo (anexo IX). La roja va también en la puerta de la planta baja.
Qué papel se guarda
El titular conserva el registro de puesta en servicio, la declaración de conformidad CE o UE, la ficha técnica, el manual de funcionamiento, el registro de mantenimiento, el contrato con la conservadora y los certificados de inspección (art. 4.8). La ITC no habla de un «libro» del ascensor, sino de un registro de mantenimiento con los boletines, las averías, los accidentes, las reparaciones, los componentes de seguridad, las modificaciones y las inspecciones (art. 2.z). Si cambiáis de empresa conservadora, le entregáis a la nueva ese registro (art. 4.1).
Lo que la norma no dice
Ojo con esto
La frecuencia del mantenimiento no depende del negocio. El ascensor de un restaurante, de una oficina o de un hotel se revisa cada mes, igual. La revisión «cada seis semanas» que la ITC de 2013 permitía en edificios residenciales de hasta seis paradas y en edificios de uso público de hasta cuatro paradas con menos de veinte años (art. 5.3.2.2 del Real Decreto 88/2013) ha desaparecido. Los plazos de la inspección periódica, en cambio, son los mismos que en 2013.
Un atrapamiento sin daños no es un «accidente», sino un «incidente» (art. 13.2): no obliga a una nueva inspección, aunque, tras repararlo, la conservadora os entrega un informe con la causa. Tras un accidente con daños a personas o al aparato sí: hace falta una inspección «favorable sin defectos» de un organismo de control distinto del de la última inspección periódica (art. 13.1). Y la ITC no reparte obligaciones entre el dueño y el arrendatario de un local: os las dirá vuestro contrato.
Los plazos para adaptar los ascensores antiguos
Los ascensores anteriores a la ITC siguen con los requisitos de diseño de su época, pero su mantenimiento e inspección se rigen ya por la nueva (disposición transitoria primera). El anexo VII les obliga a incorporar medidas de seguridad, casi siempre con un plazo que empieza en la primera inspección periódica que detecta la carencia: un dispositivo de comunicación bidireccional para que quien quede atrapado pueda pedir auxilio, la protección contra el cierre de las puertas automáticas y el limitador de carga, en un año, cuando sean técnicamente viables; la sustitución de guías antiguas, entre tres y diez años según la fecha de instalación. Si una medida es técnicamente imposible, el titular puede pedir la exoneración a la comunidad autónoma, con un informe favorable de un organismo de control.
Lo que depende de la comunidad autónoma
La puesta en servicio, el número de registro del aparato (RAE), las bajas temporales y los certificados de inspección se tramitan ante el órgano competente de cada comunidad autónoma (arts. 3, 4.7 y 11.10), y la inspección sigue las normas UNE 192008 «o el protocolo equivalente que cada comunidad autónoma tenga establecido» (art. 11.7). Las infracciones se sancionan según el título V de la Ley 21/1992 de Industria (art. 14). La Comunidad Valenciana tuvo hasta el 1 de julio de 2026 un régimen temporal que suspendía los plazos del anexo VII (disposición transitoria quinta); ya ha terminado.
Lo que esto supone en cada negocio está en las páginas de comunidades de vecinos, hoteles, oficinas y colegios.
Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto se pasa la OCA de un ascensor?
Depende del edificio, según el art. 11.4 de la ITC AEM 1 (Real Decreto 355/2024): cada dos años en edificios de uso industrial o en locales de pública concurrencia, como hoteles, bares o restaurantes; cada cuatro años en edificios de más de veinte viviendas o con más de cuatro plantas servidas; y cada seis años en los demás. La contrata el titular, nunca la empresa conservadora.
¿Cada cuánto hay que hacer el mantenimiento del ascensor?
Cada mes, sin que pasen menos de 20 días ni más de 45 entre una revisión presencial y la siguiente (art. 5.4.b de la ITC AEM 1). Sólo van cada cuatro meses los ascensores de viviendas unifamiliares y los de la normativa de máquinas instalados en edificios de viviendas de hasta tres paradas y veinte viviendas. Tras cada visita, la empresa entrega un boletín en diez días como máximo.
¿Qué pasa si la inspección del ascensor sale desfavorable?
Con defectos graves, el organismo de control fija un plazo de hasta seis meses para corregirlos y vuelve a inspeccionar; si la segunda visita sale mal, se paraliza el ascensor. Con un defecto muy grave, queda fuera de servicio en el acto y sólo vuelve tras una nueva inspección completa. Los defectos leves no hacen la inspección desfavorable, pero hay que subsanarlos en seis meses (art. 11.9).
¿El ascensor de un restaurante o de una oficina es de pública concurrencia?
El de un restaurante, un bar, una cafetería o un hotel, siempre, cualquiera que sea su ocupación. El de una oficina, una tienda, un gimnasio o un centro de enseñanza, si la ocupación prevista pasa de 50 personas, calculada a razón de una persona por cada 0,8 m² de superficie útil, sin pasillos, vestíbulos, almacenes ni servicios (art. 11.4). En los edificios mixtos manda el uso principal.
¿Sigue vigente el Real Decreto 88/2013 de ascensores?
No. El Real Decreto 355/2024 aprobó una nueva ITC AEM 1 «Ascensores», en vigor desde el 1 de julio de 2024, y derogó expresamente el Real Decreto 88/2013 y el Real Decreto 57/2005. Los plazos de la inspección periódica siguen siendo dos, cuatro y seis años, pero desaparece la revisión cada seis semanas: el mantenimiento pasa a ser mensual en casi todos los ascensores.
¿Quién tiene que contratar el mantenimiento del ascensor?
El titular, que es el propietario o, en su caso, el arrendatario del ascensor (art. 2.x). Sólo puede dejarlo usar mientras tenga contratado el mantenimiento con una empresa conservadora habilitada (art. 4.1), y tiene que avisarla de inmediato si hay un accidente y en 24 horas como máximo si funciona mal. Al cambiar de empresa, entrega a la nueva el registro de mantenimiento.
Dónde suele tocar
- HotelesUn hotel: registro y comunicación de huéspedes en 24 horas, clasificación autonómica, baja tensión y ascensor por ser pública concurrencia, RIPCI, legionela, piscina, cocina y desfibrilador.
- Comunidades de vecinosLas obligaciones de una comunidad de vecinos: conservación, fondo de reserva, junta y administrador según la Ley de Propiedad Horizontal, libro del edificio, ITE y las revisiones de cada instalación común.
- OficinasLas obligaciones de una oficina: temperatura y mantenimiento del local, pantallas, prevención de riesgos, coordinación con contratas, canal interno, desconexión digital y las revisiones del edificio.
- ColegiosUn colegio: instalaciones mínimas, protocolos contra la violencia y coordinador de bienestar, comedor y menús desde abril de 2026, autoprotección y las revisiones del edificio.
Otras revisiones obligatorias
- Protección contra incendios (RIPCI)Las revisiones del RIPCI: trimestrales del titular, anuales y quinquenales de la mantenedora, actas guardadas cinco años e inspección cada diez años con sus excepciones.
- Plan de autoprotecciónQuién necesita plan de autoprotección con la Directriz Básica vigente desde el 11 de octubre de 2026, qué contiene, cada cuánto se revisa y qué añaden las comunidades.
- Inspección de baja tensiónInspección por un organismo de control cada 5 años para los locales de la ITC-BT-05 (bares, restaurantes y hoteles siempre) y cada 10 para las zonas comunes de más de 100 kW.
- Instalaciones térmicas (RITE)Empresa mantenedora desde 5 kW; contrato, certificado anual e inspección de eficiencia cada 4 años por encima de 70 kW, con las periodicidades mínimas de la tabla 3.1.
- LegionelaQué exige el Real Decreto 487/2022 al titular de un local: plan de control, temperaturas del agua caliente, desinfección anual, muestreo de Legionella y registros durante cinco años.
- PiscinasQué exige el Real Decreto 742/2013 según el tipo de piscina: autocontrol, controles diario y mensual, cartel para el usuario e incidencias, y qué deja a las comunidades autónomas.
- APPCCQué exige el artículo 5 del Reglamento 852/2004 a un bar, un restaurante o una cocina de colectividad: los siete principios, los registros, la flexibilidad y lo que ya no está en vigor.
- Desfibrilador (DEA)Qué exige la norma estatal de desfibriladores y quién está obligado a tener uno en Madrid, Cataluña, Andalucía y el País Vasco, con su umbral y su artículo.